Normativa Ciclista, Decreto 116, ¿Dónde deben transitar los ciclistas?

Normativa Ciclista

Según la comisión nacional de seguridad de transito se establecen las normas para uso de bicicleta como medio de transporte (Normativa Ciclista) en el Decreto 116

Esta Normativa Ciclista indica lo siguiente:

¿Dónde deben transitar los ciclistas?

Como la bicicleta es un vehículo más, los ciclistas deben transitar por la calle y por la pista derecha, o por las ciclovías habilitadas para su uso seguro.

Los ciclistas no debieran circular por autopistas y/o autovías

Elementos de Seguridad

Los vehículos según su tipo o clase deberán estar provistos de los siguientes focos y luces exteriores:

  • Parte delantera: un foco que permita proyectar luz frontal.
  • Parte trasera: luz roja fija.
  1. Los vehículos deberán estar provistos de un aparato sonoro que sólo podrá emitir sonidos uniformes de intensidad moderada.
  2. El casco protector exigible a los conductores de bicicletas y sus acompañantes que transiten en las zonas urbanas deberá cubrir al menos la parte superior de la cabeza y permanecer fijo a ella mediante una cinta o correa que lo sujete por debajo de la barbilla, asegurado mediante hebillas, trabas u otro dispositivo similar.
  3. Las bicicletas deberán contar con elementos reflectantes.
  4. Las bicicletas no podrán usarse para llevar mayor número de personas que aquél para el cual fueron diseñadas y equipadas. El acompañante deberá ir sentado a horcajadas.
  5. El uso de casco protector será exigible sólo en las zonas urbanas.
  6. Si se destinaran o señalaran vías o pistas exclusivas para el tránsito de bicicletas o similares, sus conductores sólo deberán transitar por ellas y queda prohibido a otros vehículos usarlas.
  7. Se prohíbe a los conductores de bicicletas, tomarse de otros vehículos que se encuentren en movimiento en las vías públicas.
  8. Ningún conductor de bicicletas podrá transportar carga que le impida mantener ambas manos sobre el manubrio y el debido control del vehículo o su necesaria estabilidad.
  9. Tratándose de bicicletas y similares, la señalización de maniobra de viraje a la derecha podrá ser advertida con el brazo de ese lado extendido horizontalmente.

Esta normativa busca poner en una posición de igualdad a todos los modos de transporte y disminuir los riesgos de accidentabilidad de los usuarios más vulnerables de las vías: peatones, ciclistas y motociclistas que en 2017 constituyeron el 53% de los fallecidos en accidentes de tránsito en el país, este domingo entrará en vigencia la nueva ley de Convivencia de Modos.

Para disminuir las cifras y lograr un cambio cultural en quienes hacen uso de las vías, estableciendo la obligación de los vehículos motorizados de mantener una distancia de 1.5 metros durante el adelantamiento de los ciclistas. También se prohíbe el estacionamiento a vehículos en ciclovías y a los peatones circular por dicha infraestructura

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